Estos son los 3 pasos para obtener su pensión complementaria una vez se jubile

Primero: Se jubila del primer pilar

Usted podrá retirar la pensión complementaria de su fondo del ROP cuando se haya jubilado del régimen básico de pensión al que pertenece: (IVM con la CCSS, Magisterio con JUPEMA u otro).

Recuerde que la pensión básica del primer pilar + la pensión complementaria del segundo pilar, conformarán su ingreso de pensión en esta etapa de su vida.

Segundo: Notificar a Vida Plena su condición de persona pensionada

Cuando nos notifique sobre su condición de jubilado, Vida Plena procederá a solicitar la certificación de pensión al régimen básico al que pertenezca. Una vez hayamos recibido la certificación se lo haremos saber para que usted inicie el trámite de solicitud del retiro del ROP, para ello deberá presentarse a nuestras oficinas centrales o en cualquiera de las sucursales de Coopenae con su documento de identidad vigente y el número de su cuenta IBAN.

Tercero: Elegir su Plan de Beneficios

La pensión complementaria de su fondo del ROP se entrega en un Plan de Beneficios, el cual le otorgará mes a mes un monto que se definirá de acuerdo con varios aspectos, que deberán verse en el momento que usted hace el trámite de pensión en la operadora.

La ley establece actualmente 6 modalidades de Planes de Beneficios, el asesor de Vida Plena le explicará en su visita una por una, para que usted elija la que mejor le conviene.