El sistema de pensiones en Costa Rica se basa en un modelo de contribución tripartita (trabajador, patrono y Estado) y está conformado principalmente por regímenes básicos obligatorios de contribución colectiva, cuyo objetivo es garantizar un ingreso mínimo para las personas trabajadoras al momento de su jubilación, invalidez o fallecimiento.
De estos Regímenes Básicos repasemos los dos más grandes del país:
Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM)
Administrado por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)
Cubre a la mayor parte de la población asalariada y trabajadora independiente. Es el régimen principal del sistema y funciona bajo un modelo solidario de reparto.
Este fondo cubre:
- Pensión por vejez (jubilación)
- Pensión por invalidez
- Pensión de sobrevivencia (a favor de cónyuges o hijos en caso de fallecimiento)
Régimen de Capitalización Colectiva del Magisterio Nacional (RCC)
Administrado por la Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (JUPEMA)
La cobertura es para los trabajadores de las instituciones educativas públicas y privadas del país: enseñanza preescolar, general básica, educación diversificada y universidades estatales. Así también los funcionarios del Instituto Nacional de Aprendizaje INA.
Este régimen tiene características mixtas: combina un sistema de reparto con un fondo de capitalización colectiva, exclusivo para este sector.
En cuál se ubica cada trabajador depende de la fecha de primer ingreso a laborar para el Magisterio Nacional.
Los trabajadores de la educación que iniciaron labores antes del 15 de julio de 1992 cotizan bajo el Régimen Transitorio de Reparto RTR y los que empezaron a trabajar para el Magisterio Nacional después del 15 de julio de 1992, cotizan para Régimen de Capitalización Colectiva RCC.
Cada uno de estos regímenes tiene sus propias características de administración y responsabilidad del pago de la pensión. En el caso del RTR la administración financiera y económica está a cargo del Estado, es el Ministerio de Hacienda quien paga las pensiones y en el caso del RCC toda la administración está a cargo de la Junta de Pensiones del Magisterio Nacional JUPEMA.