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    El plan que

    complementará su
    pensión

    Planes Voluntarios de Pensión Individuales

    El Régimen Voluntario de Pensión Complementaria es un fondo que complementará la pensión a recibir del Régimen Básico al que pertenezca el trabajador (Invalidez, Vejez y Muerte o Régimen sustituto) y del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias o bien para crear sus propios recursos para una pensión.

    El contar con un Plan Voluntario en Vida Plena le brindará los siguientes beneficios:

    • El ahorro le genera intereses capitalizables para su pensión.
    • El monto de ahorro mensual usted lo fija de acuerdo con sus expectativas a partir de tres mil colones.
    • Con su aporte usted puede gozar de incentivos fiscales sobre impuesto de la renta y cargas sociales.
    • Usted puede asignar beneficiarios libremente.
    • La permanencia mínima es de 66 meses y 66 cuotas.

    Es importante destacar que la Ley de Protección al Trabajador (Art. 15) permite que cualquier persona, ya sea que trabaje en su propio negocio o sea empleado de algún patrono, o inclusive cualquier persona no afiliada al ROP, puede afiliarse al Régimen Voluntario de Pensiones Complementarias, tanto en forma individual como por medio de convenios de afiliación colectiva. El plan voluntario se puede retirar en dos situaciones:

    • Vencimiento del Plan: debe tener 57 años o más, puede hacer un retiro total o comprar un retiro programado, es decir, retirar el dinero en tractos programados.
    • Retiro Anticipado: total o parcial, la persona debe haber cotizado durante 66 meses o más y tener 66 cuotas mínimo, pero deberá cancelar al estado los beneficios fiscales creados por la Ley de Protección al Trabajador (Art 73), mientras no tenga los 57 años.

    ¿Qué requisitos se solicitan para la apertura de un Plan Voluntario?

    • Nacionales: cédula de identidad, comprobante de origen de fondos (orden patronal, Certificado de contador público autorizado (CPA) en caso de no ser asalariado).
    • Extranjeros: Cédula de residencia o pasaporte, orden patronal o carné de seguro social.

    En ambos se da la opción de hacer aportes personales o por rebajo de planilla. En el caso de débitos directos se requiere la certificación de la cuenta cliente y llenar el formulario de solicitud. Para aportes personales un CPA de un contador, como comprobante de la proveniencia de ingresos.

      Me interesa abrir un Plan Voluntario

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